A nivel macro el marco estratégico del FONDESIF se encuentra basado en las políticas del Gobierno Nacional.

En la Matriz de la Estructura Programática del Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2010, código 5 01 4 1 01 01 Área Macroeconomía, Sector Macroeconomía se plantea como política la intermediación financiera con una estrategia de facilitación y dinamización del crédito productivo y un programa de apalancamiento de recursos para el desarrollo productivo.

En este marco las políticas que se desprenden son las siguientes:

  • Promover el desarrollo económico del país, mediante el impulso y profundización de las actividades productivas y microfinancieras preferentemente en el área peri urbana y rural y también en el área urbana.
  • Diversificar y ampliar la cobertura de las micro finanzas a través de:
    • Apoyar la ampliación de la cobertura de los servicios financieros para la mediana, pequeña y micro empresa haciendo especial énfasis en el área rural.
    • Canalización de recursos de la cooperación internacional hacia el mercado microfinanciero y productivo del país.
  • Mejorar la calidad de la oferta de las micro finanzas a través de:
  • Apoyar el desarrollo de tecnologías, productos y servicios financieros adaptados a las necesidades de las medianas, pequeñas y micro empresas.
  • Incentivar y apoyar el desarrollo de servicios financieros para las medianas, pequeñas y micro empresas rurales.
  • Promover el fortalecimiento institucional de las entidades financieras que atienden a la mediana, pequeña y micro empresa urbana y rural.
  • Mejorar la información dentro del mercado microfinanciero.
  • Coadyuvar al saneamiento y fortalecimiento del Sistema Financiero Nacional.

Hasta la promulgación del Decreto Supremo No. 28999, el FONDESIF orientaba sus funciones hacia las políticas anteriormente mencionadas, pero a la fecha, el D. S. 28999 determina un nuevo rol para el FONDESIF, debiendo entrar a un proceso de disolución gradual, realizando la cesión al Banco de Desarrollo Productivo SAM de os contratos suscritos que, establezcan la administración de recursos, fideicomisos, programas, proyectos y líneas de financiamiento, así como también, la transferencia total de activos fijos de muebles, inmuebles y derechos susceptibles de valoración patrimonial.

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